El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 expone textualmente: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".
Entretots
El viernes 15 de septiembre saltaba la noticia de que un empleado de Correos había negado la distribución del Boletín de la Asociación de Vecinos del Example, en Barcelona por contener un artículo en el cual se defendía la convocatoria del Referéndum.
Me pregunto en el momento de redactar esta carta al director si estoy cometiendo una supuesta ilegalidad por citar el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en estos tiempos tan convulsos y/o si la cometerá EL PERIÓDICO por publicármela.