El 11 de octubre del año pasado fui multada por, supuestamente, "superar el límite de velocidad con señal especifica", en la avenida de Vallcarca, 205 de Barcelona. Presupongo la veracidad de la denuncia, ya que salvo lo que indican en su escrito de 'provisió de constrenyiment', no tengo evidencia alguna.
Entretots
Mi queja es porque recibo dicha 'provisió' el 27 de febrero pasado en mi buzón, sin más trámite, sin que hubiera recibido antes la notificación de la sanción, lo que me hubiese permitido abonar un importe sensiblemente inferior y sin recargo.
Puesta al habla con la operadora del 010, me indica que posiblemente se comunicó la multa a la dirección del vehículo que consta en la DGT.
Que legalmente puedan hacerlo no lo dudo, lo que me extraña e indigna es que sí que se han aplicado a comunicar la 'provisió de constrenyiment' al domicilio que les consta en el empadronamiento y que por lo tanto sí he recibido, ya que este pago es sustancialmente superior y además tiene recargo.
Muchas gracias, Excmo. Ayuntamiento, por su encomiable habilidad para esquilmar a una jubilada.